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Economía

Qué dice la ley ómnibus

Los puntos principales de la reforma laboral que busca aprobar Milei

Los puntos principales de la reforma laboral que busca aprobar Milei

Por Redacción

Incluyó varias modificaciones al régimen de contrataciones, como la posibilidad de regularizar vínculos preexistentes.

La ley ómnibus que envió el gobierno nacional al Congreso generó diversas repercusiones debido a los más de 664 artículos y sus 350 páginas, que abordan muchísimas modificaciones de la legislación actual. Una de ellas tiene que ver con un apartado que contempla una serie de reformas laborales que representan un cambio significativo.

Entre ellas, Javier Milei incluyó varias modificaciones al régimen de contrataciones, como la posibilidad de regularizar vínculos preexistentes o la eliminación de sanciones y multas. Esto se desprende del apartado sobre “Promoción del Empleo Registrado”, en la página 88 del documento.

Allí, el artículo 214 plantea que la posibilidad de blanquear las contrataciones previas a la vigencia de la norma presentada este miércoles. “Los empleadores podrán regularizar las relaciones laborales vigentes del sector privado iniciadas con anterioridad a la fecha de promulgación de la presente ley. La regularización podrá comprender relaciones laborales no registradas o relaciones laborales deficientemente registradas”, señala el inciso.

En tanto, en el artículo 215 establece “la extinción de la acción penal prevista por la Ley N° 27.430 y condonación de las infracciones, multas y sanciones de cualquier naturaleza correspondientes a dicha regularización, siempre que se encuentren impagas o incumplidas a la fecha de entrada en vigencia de esta ley”.

También da de baja el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal), creado por la Ley N° 26.940, “respecto de infracciones cometidas o constatadas hasta la entrada en vigencia de la presente ley, siempre y cuando regularicen a la totalidad de los trabajadores por los que se encuentra publicado en el Repsal y pague, de corresponder, la multa”.

Otro tema a destacar es la condonación de la deuda por capital e intereses cuando aquella tenga origen en la falta de pago de aportes y contribuciones con destino a los Subsistemas de la Seguridad Social, incluidos aportes jubilatorios. “La reglamentación determinará los porcentajes de condonación que habrán de aplicarse, los que en ningún caso serán inferiores al 70% de las sumas adeudadas. Se podrá establecer incentivos para la cancelación de la obligación de contado y beneficios especiales para Pequeñas y Medianas Empresas”, agrega.

“La regularización de las relaciones laborales deberá efectivizarse dentro de los noventa (90) días corridos, contados desde la fecha de entrada en vigencia de la reglamentación de la presente ley. La reglamentación podrá disponer planes de regularización plurianuales, previendo un plazo máximo de 5 años y una regulación anual mínima del 20% de las diferencias. El porcentaje deberá ser constante o decreciente a lo largo de todo el plan de regularización”, establece el artículo 217.

La reforma de la legislación determina que “los trabajadores incluidos en la regularización prevista en el presente régimen tendrán derecho a computar hasta sesenta (60) meses de servicios con aportes o la menor cantidad de meses por la que se los regularice, calculados sobre un monto mensual equivalente al Salario Mínimo Vital y Móvil vigente al momento de la regularización, a fin de cumplir con los años de servicios requeridos por la Ley N° 24.241″.

 

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