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Negocios

Fallo judicial

Gran estafa: ratifican ocho absoluciones y tres condenas, una con rebaja

Gran estafa: ratifican ocho absoluciones y tres condenas, una con rebaja

Por Redacción

La causa tenía una docena de imputados, entre escribanos, testaferros, empresarios y un sindicalista.

La Cámara de Apelaciones en lo Penal confirmó tres condenas y ocho absoluciones en el marco de la causa conocida como la gran estafa inmobiliaria, que tenía una docena de imputados, entre escribanos, testaferros, empresarios y un sindicalista. Sólo estableció una reducción de la pena para el gremialista Maximiliano González de Gaetano -que participó en dos de los ocho hechos llevados a juicio-, de 7 a 5 años de prisión. 

Tras iniciarse en 2016, la causa llegó a juicio el año pasado con acusaciones por delitos de fraude, lavado de activos y falsificación ideológica, en ocho casos. La acusación fiscal apuntó a "maniobras con un patrón común: a través de falsedades de escrituras se generaron documentos falsos y fraudes, mediante los cuales se quitaron propiedades a diferentes víctimas. Se falsificaba la firma del verdadero dueño de la propiedad en un poder falso, y luego se usaban para instrumentar escrituras de transferencia, para inscribir las transacciones en el registro", indicó en su momento el fiscal Sebastián Narvaja.

Tras cinco meses de debate, además del sindicalista mencionado, se condenó al escribano Eduardo Torres a 12 años de prisión e inhabilitación de 10 años, también por abuso de su profesión; y al vendedor de autos -que aparecía como falso apoderado de inmuebles- Roberto Aymo, a 11 años de prisión y multa de $90.000. El resto de los acusados quedó absuelto. 

En el fallo de primera instancia el tribunal rechazó el delito de lavado de activos. Es decir, reconoció que hubo defraudaciones, pero planteó que "no puede considerarse que tales maniobras hayan tenido la relevancia suficiente para afectar el bien jurídico del lavado de activos". Tampoco consideró probado el dolo. 

En cuanto a esos puntos, el fallo expresa que "no solo son atípicos los hechos atribuidos bajo la figura de lavado, por ausencia de afectación al bien jurídico tutelado, sino que las operaciones concretadas por los condenados no son más que acciones de aprovechamiento del fraude orquestado". En otro tramo, agrega que "tampoco pudo probarse que haya habido una organización criminal para lavar el producido del delito". Sobre las defraudaciones, expresa que "frente a las transferencias realizadas para alejar el bien de su verdadero titular registral, según requerimiento fiscal, no dejan de poder ser pensadas como estrategias propias del delito de fraude en provecho propio". 

Además, coincidieron con las absoluciones de los escribanos Juan Aliau, José Gordó, Luis Kurtzeman (intervinieron después del accionar de Torres); Marcelo Jaef, Andrés Martín, Ramona Rodríguez, Vanina Viglione y Omar Busellato, por falta de elementos. 

 

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